lunes, 8 de diciembre de 2008
Lactancia inducida relactacion adoptiva
Dra. Verónica Valdés
Un concepto que los profesionales de la salud deben tener claro es el que la lactancia es
recuperable. La OMS tiene la relactación entre sus recomendaciones.
Si por alguna razón el niño o niña está siendo suplementado o fue destetado precozmente,
se debe explicar a la madre que a través de la reinducción de la lactancia ella puede llegar a
producir nuevamente toda la leche que su hijo requiere. Esto se puede lograr amantando
frecuentemente, cada 1-2 horas inicialmente y reduciendo progresivamente la cantidad de
suplemento. El proceso es más fácil cuánto menos peso tenga el niño y cuánto menos tiempo haya
pasado entre haber dejado de amamantar y la reinducción.
La dificultad de este proceso no es la recuperación de la producción de la leche, sino lograr que el
niño o niña succione de una mama inicialmente casi sin leche. Se recomienda gotear leche con un
gotario sobre la región de la areola cuando el niño inicia el amamantamiento, o se le puede aportar
leche por medio de una sonda conectada por un lado a un recipiente con leche y por el otro
introducido en la boca del niño junto con el pezón, de tal manera que al succionar el bebé obtiene
leche de la sonda y a su vez desencadena los reflejos de producción y eyección de la leche.
http://www.unicef.cl/lactancia/docs/mod03/Induccion_reinduccion%20lactancia.pdf
La lactancia inducida consiste en estimular la producción
de leche en una mujer que no ha estado embarazada, como por ejemplo en una
madre adoptiva.
http://www.comtf.es/pediatria/Bol-2000-1/39-46.pdf
En el caso de adopción para mejorar la unión madre-hijo tanto como para aprovechar otras
ventajas de la lactancia materna.
http://www.unizar.es/med_naturista/lactancia%203/RELACTACION,.pdf
Factores relacionados con la madre biológica o adoptiva ......................11
http://www.bertha.gob.ni/biblioteca/Neonatologia/Varios/Relactacion.pdf
Iniciativa Hospital amigo formulario del Libro
¿Observa su Hospital los Diez Pasos hacia una feliz lactancia Natural?
domingo, 7 de diciembre de 2008
Iniciativa HAMN guia autoevaluacion
http://www.unicef.org/argentina/spanish/ar_insumos_LMHospitalAmigo.PDF
UNICEF IHAMN
Imaginemos que el mundo hubiera inventado el “producto ideal” para alimentar e inmunizar a
todos los bebés. Imaginemos también que ese producto estuviera al alcance de todos, que no
requiriera almacenamiento ni distribución, y que ayudara a las madres a planificar sus familias y
redujera al mismo tiempo el riesgo de cáncer. E imaginemos ahora que el mundo se negara a
aprovecharlo.
Hacia el fin de este siglo de descubrimientos e invenciones sin precedentes, en una época en
que los científicos descubren los orígenes de la vida, la situación descrita no es ficticia. El “producto ideal” es la leche materna, a la que todos tenemos acceso al nacer, y la que, sin embargo, no estamos aprovechando.
En términos simples, pero ciertos, la lactancia materna es una práctica en peligro de
extinción en todo el mundo, tanto en países ricos como pobres.
Hay una tendencia general a alimentar a los bebés con sucedáneos de la leche materna, con la consiguiente disminución del amamantamiento como método exclusivo de alimentación.
Muchos hospitales, fuente y símbolo de la práctica médica moderna, atentan contra el amamantamiento con prácticas como la separación del recién nacido de la madre después del parto.
Un millón de niños mueren por año, y millones más quedan incapacitados, debido a que no son amamantados.
Esto sucede a pesar de las abrumadoras pruebas científicas de que la leche materna es notablemente superior a cualquier producto que puedan crear nuestras tecnologías. La ciencia está redescubriendo lo que ya sabían nuestros bisabuelos: que la lactancia materna es el “tratamiento personal” perfecto que brinda la naturaleza a todos los recién nacidos.
Y, sin embargo, muchos establecimientos de salud no ponen en práctica estos conocimientos, que son al mismo tiempo antiguos y modernos. Paradójicamente, cuanto más fácil es el acceso de las madres a los hospitales modernos, mayores son las presiones sobre ellas para que dejen de amamantar a sus hijos.
De las 4.237 especies de mamíferos en el mundo, el homo sapiens es la única que amenaza el método de la naturaleza para el cuidado de los recién nacidos, de eficacia comprobada. Es hora de comprender que el sentido común impone que la lactancia materna sea la práctica general.
Con el apoyo de dirigentes mundiales, expertos en temas de salud y organizaciones no gubernamentales (ONG), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) presentaron la iniciativa para hospitales “amigos de los niños”, a fin de convencer a hospitales, servicios de sanidad y padres y madres de que el
amamantamiento proporciona el mejor comienzo posible a las vidas de los bebés.
La iniciativa de UNICEF y la OMS fijó el objetivo de lograr que en cada uno de los 12 “países iniciadores” funcionaran por lo menos dos Hospitales Amigos para febrero de 1992.
En 1994 ya se habían logrado 900 Hospitales Amigos y a fin de siglo existen alrededor de 15.000. La Argentina adhirió en 1994 a la Iniciativa Hospital Amigo y tiene actualmente 26 hospitales donde ocurren aproximadamente el 11% de los nacimientos del país.
Ambas organizaciones saben perfectamente que la mayoría de los bebés del mundo nacen lejos de hospitales y centros de maternidad. Pero también comprenden la influencia crítica y profunda de los hospitales, piezas claves de los sistemas nacionales de salud. Es allí donde los médicos, las enfermeras y otros trabajadores de la salud fijan las pautas nacionales en materia de sanidad y práctica médica. Es allí donde la población debería aprender a proteger, fomentar y apoyar la lactancia materna.
Debido al acelerado proceso de urbanización y al creciente desempleo con pérdida de la protección de la seguridad social, en muchos países los hospitales tienen que atender a números cada vez mayores de pacientes cada vez más pobres y menos educados, el sector más vulnerable a las fuerzas que inhiben el amamantamiento. Esto es diferente en la Argentina, donde casi la totalidad de los nacimientos ocurren en establecimientos hospitalarios (públicos o privados).
Los expertos en nutrición, salud y desarrollo infantil coinciden en que la lactancia materna es el método más eficaz para otorgar al bebé una alimentación completa, que lo proteja de infecciones y enfermedades.
A pesar de ello, la mayoría de los hospitales y centros de maternidad dificultan que las madres
puedan amamantar a sus hijos. En muchos casos, dependen de los sucedáneos de la leche materna, que reciben en forma gratuita o a precios rebajados, y separan a la madre del bebé inmediatamente, aun antes de que la madre tenga oportunidad de amamantarlo, para darle un sucedáneo u otros líquidos.
De esta manera, a pesar de los conocimientos científicos acerca de la lactancia materna, la mayoría de las instituciones sanitarias han quedado rezagadas en materia de amamantamiento.
El concepto de Hospitales Amigos se basa en dar prioridad a las necesidades de la madre
y su recién nacido. Para poder ser declarado “amigo de los niños”, el hospital o la maternidad deben poner en práctica todos y cada uno de los siguientes diez pasos hacia una feliz lactancia natural, elaborados por UNICEF y la OMS:
- Disponer de una política por escrito relativa a la lactancia natural
- Capacitar a todo el personal de salud para que pueda poner en práctica esa política.
- Informar a todas las embarazadas de los beneficios de la lactancia natural.
- Ayudar a las madres a iniciar la lactancia durante la hora siguiente al parto.
- Mostrar a las madres cómo se debe dar de mamar al niño.
- No dar a los recién nacidos más que la leche materna, sin ningún otro alimento o bebida, salvo cuando medie indicación médica.
- Facilitar la cohabitación de las madres y los niños durante las 24 horas del día.
- Fomentar la lactancia natural cada vez que el niño la pida.
- No dar a los niños alimentados al pecho chupetes artificiales.
- Fomentar el establecimiento de grupos de apoyo a la lactancia natural y procurar que las madres se pongan en contacto con ellos.
Los Hospitales Amigos pondrán en práctica estas directivas al mismo tiempo que brindan buena
atención antes, durante y después del parto, tratan a la madre con dignidad, le brindan información fehaciente e incorporan la medicina preventiva como parte integrante de sus actividades.
Entre las prácticas establecidas deberían figurar la inmunización contra las enfermedades susceptibles de prevención mediante vacunación, la educación sobre las sales de
rehidratación oral para tratar la deshidratación causada por las diarreas, el acceso de los pacientes a esas sales y programas de vigilancia del crecimiento y desarrollo normal de los niños.
También deberían incluir progresivamente limitación de procedimientos como episiotomía, enema, rasurado y cesárea.
Los Hospitales Amigos deberían marcar el rumbo hacia un mundo que favorezca la lactancia materna. Desafío a a la naturaleza
El intento de los seres humanos de reemplazar el método natural de alimentación de los recién nacidos, que comparten con todos los mamíferos de la Tierra, es de muy reciente data.
Ese desafío a la naturaleza se generalizó en los países industrializados en el siglo XX, especialmente después de la segunda guerra mundial, que determinó un aumento de las mujeres en la fuerza laboral. Los adelantos tecnológicos en materia de alimentos envasados
posibilitaron que se ofrecieran sucedáneos de la leche materna a las mujeres que trabajaban
dentro y fuera del hogar.
La agresiva promoción comercial de esos sucedáneos fue dirigida a los médicos y maternidades
y los alimentos para bebés conquistaron rápidamente un vasto mercado.
Muchos hospitales, sujetos a las limitaciones de tiempo de las sociedades industrializadas,
alentaron el uso del biberón, que se convirtió en un típico símbolo publicitario del “progreso” moderno.
El éxito comercial alentó a los fabricantes de sucedáneos a llevar sus operaciones a los países en desarrollo, donde presentaron esos productos como “modernos” y “progresistas”. Los fabricantes lograron aumentar las ventas mediante la distribución de muestras gratuitas e intensas campañas de promoción en hospitales y centros de salud. En todo el mundo se atacaba el arreglo perfecto establecido por la naturaleza.
Las familias pobres del mundo en desarrollo sufrieron aún más el desechar la lactancia natural: los sucedáneos de la leche materna, que habían recibido sin cargo en las maternidades, se convirtieron rápidamente en un hábito que mermaba sus ingresos.
Y pocos eran los hogares que podían esterilizar biberones y tetinas. La pobreza obligó a las madres a diluir el producto – a menudo con agua contaminada – o a apelar a sucedáneos más baratos, con muy poco o ningún valor nutritivo. Como resultado de esto, aumentaron la malnutrición, las infecciones, las enfermedades diarreicas y varios otros problemas.
El UNICEF estima que el abandono de la lactancia natural es factor importante en
las muertes de por lo menos un millón de niños por año. Muchos más sobreviven a
pesar de no ser amamantados, pero sufren deficiencias en su crecimiento y desarrollo.
Hacia mediados de la década del setenta ya era evidente que las técnicas de comercialización de los sucedáneos de la leche materna le habían ganado de mano a la educación sanitaria. La presunción de que “nuevo” significaba “mejor” estaba costando las vidas de muchos niños.
Una campaña mundial por parte de organizaciones sanitarias y grupos de ciudadanos llevó a la adopción del Código Internacional de Comercialización de los Sucedáneos de la Leche Materna por parte de la Asamblea Mundial de la Salud, en 1981. El Código reglamenta las técnicas de publicidad y promoción de los sucedáneos, pero aun en los pocos países que
lo incorporaron a su legislación, la verificación de su cumplimiento ha sido débil o inexistente. La Argentina adhiere al Código por Resolución Ministerial y lo incluye en el Código Alimentario Nacional en 1997.
En los años noventa, la Declaración de Innocenti, que tuvo lugar en Florencia (Italia), fijó metas para la década. En Argentina, algunos de estos puntos han sido cumplidos y otros están en camino de serlos. Superando las desventajas Entre 3.000 y 4.000 niños mueren en el mundo diariamente de diarreas e infecciones agudas de las vías respiratorias debido a que se ha privado a sus madres de la posibilidad de alimentarlos en forma apropiada. Y miles más perecen debido a otras enfermedades y a la malnutrición.
Cuanto más descubre la ciencia acerca de la lactancia materna, más se confirman sus cualidades inigualadas en materia de nutrición y desarrollo humano.
La leche materna es el alimento perfecto para los bebés. La leche materna exclusiva brinda al bebé todos los elementos nutritivos que necesita durante sus primeros seis meses de vida. Cuando se la combina con alimentos apropiados resulta una fuente nutritiva invalorable
hasta los dos años, ya que impide la malnutrición y posibilita que el niño se desarrolle plenamente.
La primera inmunización del bebé.
La defensa más potente del recién nacido en un mundo plagado de gérmenes e infecciones proviene del calostro, sustancia producida por la madre durante los primeros días posteriores al parto, que provee al bebé su primera inmunización. La leche materna contiene anticuerpos y células vivas que protegen al bebé de los gérmenes patógenos, bacterias y virus. Esa protección es eficaz antes del período en que el bebé adquiere inmunidad activa a través de la vacunación, y durante dicho período.
La lactancia materna establece vínculos profundos entre madre e hijo. Aunque el proceso de vinculación recíproca entre madre e hijo es continuo, las primeras horas de vida del bebé son especialmente importantes.
Madre y bebé tienen un efecto de troquelado recíproco: registran imágenes táctiles, olfatorias, auditivas y visuales que tienen efectos positivos y para toda la vida. La necesidad instintiva de protección y nutrición del bebé es especialmente fuerte. En los partos naturales, el recién nacido es quien inicia el proceso de amamantamiento.
La lactancia natural previene las diarreas. Los bebés de hasta dos meses que no son amamantados son por lo menos dos veces más propensos a sufrir diarreas que los bebés amamantados, y el peligro de muerte es 25 veces mayor. Las diarreas matan a millones de niños de corta edad, y la OMS afirma que la lactancia natural es la medida más importante para prevenir esa enfermedad.
La lactancia natural contribuye al espaciamiento de los nacimientos.
El amamantamiento frecuente a partir del nacimiento mantiene en el cuerpo de la madre niveles hormonales que inhiben la ovulación y, por ende, el embarazo. La lactancia materna exclusiva brinda el 98% de protección contra el embarazo durante los primeros seis meses después del parto, siempre que se practique lactancia frecuente a libre demanda, día y noche, que el bebé no reciba otro líquido o alimento y que la madre no menstrúe.
En muchas partes del mundo, la lactancia natural previene más embarazos no planificados que todos los demás métodos.
La lactancia natural salva vidas de madres.
Cuando el amamantamiento empiezadurante la primera hora después del nacimiento,
la placenta es expulsada más rápidamente y se reduce el riesgo de hemorragia postparto, que puede poner en peligro la vida de la madre. La lactancia materna también reduce sustancialmente el riesgo de cáncer de mama y brinda protección contra el cáncer ovárico. El aumento de los intervalos entre nacimientos beneficia la salud de la madre y la salud y el desarrollo de los niños.
La lactancia natural salva vidas de niños.
En el mundo en desarrollo, los niños que no son amamantados corren un riesgo de muerte
entre 10 y 15 veces mayor durante los primeros tres o cuatro meses de vida. Entre las poblaciones pobres del mundo industrializado, la morbilidad infantil va en aumento como resultado directo de la alimentación a biberón, que es insuficiente, y a menudo carece de esterilización. Lamentablemente, es entre los más pobres y menos educados que hay más tendencia a la alimentación a biberón.
La lactancia materna ahorra dinero.
La lactancia natural no requiere más recursos que los que ya tienen las madres y familias. Representa una ventaja económica para los hospitales, las comunidades y los países:
Los sucedáneos de la leche materna deben ser pagados en efectivo, lo que representa una porción importante del ingreso de las familias pobres o de los sistemas de salud, especialmente en los países en desarrollo.
Los países deben gastar preciosos recursos para adquirir sucedáneos de la leche materna.
El medio ambiente resulta sobrecargado cuando se usan recursos escasos, como energía y leña,
para la esterilización y el almacenamiento de los sucedáneos.
Los hospitales malgastan recursos humanos y materiales para alimentar artificialmente a los bebés, y para combatir las enfermedades e infecciones que causa ese método.
Las madres necesitan orientación acerca de la necesidad de realizarse el examen de VIH/SIDA y consejo para evitar la infección durante el embarazo y la lactancia.
Para mejorar las probabilidades de supervivencia de la niñez se requieren a la vez una mayor capacidad y una voluntad más firme. En la última década, aumentó la capacidad mediante tecnologías de bajo costo, como la terapia de rehidratación oral para prevenir las muertes causadas por la deshidratación diarreica, la inmunización contra seis enfermedades mortales
y la vigilancia del crecimiento de los niños, que posibilita detectar los síntomas iniciales de malnutrición.
La OMS y UNICEF informaron recientemente sobre un logro admirable: la inmunización de un 80% de los niños del mundo contra las seis principales enfermedades de la niñez. Pero esa experiencia demostró también que para salvar las vidas de los niños es necesario mantener alerta la voluntad de todos, desde quienes toman decisiones hasta padres y madres.
Los méritos de la lactancia natural son incuestionables. El camino a seguir es claro:
es preciso que la voluntad del mundo brinde su apoyo y adopte la iniciativa para hospitales amigos de los niños.
¿Por qué ahora?
Si bien todas las medidas que ayuden a las mujeres a salvar y mejorar las vidas de sus
hijos son aconsejables, ahora se ha creado un clima particularmente favorable para que los encargados de la atención sanitaria en todo el mundo vuelvan a comprender los beneficios inigualables de la alimentación natural, debido a que:
La Convención sobre los Derechos del Niño, que entró en vigor en 1990, estipula la obligación jurí
dica de los estados de otorgar a las madres y familias el conocimiento y el apoyo necesarios para poder practicar la lactancia natural; en Argentina fue incorporada a la Constitución de la Nación en 1994.
También en 1990, 32 gobiernos y 10 organismos de las Naciones Unidas firmaron la Declaración Innocenti, un acuerdo unánime sobre la necesidad de que se apoye en todo el mundo la lactancia natural y sobre el camino a seguir. La Declaración hizo suyas las recomendaciones de expertos de que el amamantamiento debería ser la alimentación exclusiva de los bebés durante los primeros seis meses de vida, y de que hasta después del segundo año los niños deberían recibir leche materna y alimentos complementarios.
En septiembre de 1990, en la Cumbre Mundial, 71 jefes de estado y de gobierno acordaron en
favor de la Infancia una serie de objetivos para la niñez y el desarrollo que deberán cumplirse durante esta década. En la posterior Declaración Mundial y Plan de Acción se acordó alta prioridad a la restauración de un ambiente en que todas las mujeres puedan amamantar a sus hijos .
Esas iniciativas fueron posibles debido al trabajo tenaz a lo largo de muchos años de autoridades sanitarias, grupos profesionales y ONG preocupados por la tendencia al uso del biberón. Cuando los dirigentes mundiales se comprometieron por escrito a lograr objetivos específicos en materia de alimentación natural, un grupo importante de ONG fundó, en febrero de 1991, la Alianza Mundial pro Lactancia Materna.
Apenas tres meses después, la Asociación Internacional de Fabricantes de Sucedáneos de Alimentos para Niños se comprometió a poner fin a la distribución gratuita o a bajo costo de sucedáneos de la leche materna en los hospitales y centros de maternidad del mundo en desarrollo para fines de 1992.
En septiembre de 1991, al cumplirse el primer aniversario de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, se llevó a cabo en La Haya una importante reunión de todas las fuerzas que tienen influencia sobre las políticas y prácticas relacionadas con el amamantamiento.
A pesar de la variedad de intereses allí representados, todos los asistentes coincidieron en que padres y madres, así como comunidades y profesionales de la salud, deben volver a tomar conciencia de la importancia crítica que tiene la lactancia natural, primer paso de la atención primaria de la salud. Y se llegó a la conclusión de que era necesario reorientar la influencia
de los hospitales y maternidades, y que solamente un esfuerzo mundial en el que participaran
tanto el Norte como el Sur podrían eliminar los obstáculos al amamantamiento y devolver a las madres la posibilidad de brindar a sus hijos el comienzo saludable que merecen. El mundo debe volver a apoyar la lactancia natural.
Un mundo amigo de los niños UNICEF y la OMS consultaron a sus asociados y seleccionaron
12 países en desarrollo para que se pusieran al frente de la iniciativa para Hospitales
Amigos.
Hacia fines de 1992, todos los países deberían lograr los objetivos de esa iniciativa.
Los hospitales y las maternidades son considerados los puntos de partida críticos de las iniciativas nacionales. Existen pautas, que ya se están poniendo en práctica, para que cada país cuente con Hospitales Amigos. Los cuatro pasos aconsejados son:
La realización de una encuesta rápida a nivel de base sobre la práctica y la situación de la lactancia materna y su nivel de apoyo.
La individualización de la autoridad encargada de la iniciativa que supervise la evaluación y designación de los hospitales.
La determinación del grado de cumplimiento por los hospitales de los criterios de la iniciativa, la determinación del principal establecimiento encargado de la capacitación y la formulación de una estrategia.
La designación y acreditación de los hospitales que cumplan con los criterios nacionales.
Las estrategias a más largo plazo para lograr un mundo amigo de los niños requieren:
Garantizar que todas las maternidades apliquen los diez pasos hacia una feliz lactancia natural.
Tomar medidas para poner en práctica todos los artículos del Código Internacional de comercialización de los Sucedáneos de Leche Materna.
Promulgar y hacer cumplir leyes de protección de los derechos de las trabajadoras a la lactancia natural.
Educar a las comunidades para que reconozcan la contribución de las mujeres a la salud de sus hijos y, como consecuencia, a la salud de la comunidad y el mundo.
Alentar a las instituciones a que faciliten las tareas de las madres mediante políticas de atención prenatal, respeto por parte de los trabajadores de la salud, buenos servicios de obstetricia y métodos de atención del parto que den prioridad a la paciente.
Brindar a las mujeres servicios de asesoramiento y clínicos sobre la lactancia natural y el espaciamiento de los nacimientos.
Lograr la participación de los dirigentes comunitarios, sanitarios, religiosos y políticos en el fomento de los principios de atención primaria de la salud relativos a impartir educación sanitaria preventiva y facultar a las madres para el cuidado de sus hijos.
La lactancia natural es una práctica vital que estuvo en peligro de extinción y que necesita una cultura del amamantamiento que la apoye y la nutra para poder recuperar su vigor.
¡Es hora de que tomemos la iniciativa para tener
más Hospitales Amigos de la madre y del niño!
Iniciativa Hospital Amigo de la madre y el niño.
Ministerio de Salud de la Nación.
República Argentina, 1994.
Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
OMS, 1981.
Código Alimentario Nacional.
República Argentina, 1997.
_______________________________________________________________
Provincia de Buenos AiresMinisterio de Salud
Dirección Provincial de Coordinaciónde Sistemas Regionales de Salud
Programa Materno Infantil
Guía de Autoevaluación de Servicios de Salud para la iniciativa conjuntaOMS - UNICEF"Hospital Amigo de la Madre y el Niño"
Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el NiñoUna propuesta internacional de OMS Y UNICEF
Introducción
10 pasos hacia una lactancia feliz
Proceso de acreditación de un hospital como amigo de la madre y el niño
Formulario de autoevaluación se Servicios de salud para la IHA
Hoja de información del hospital
En 1989 se realizó una reunión de expertos de OMS y UNICEF resultante de la cual fue el documento "Protección, Promoción y Apoyo de la Lactancia Natural. La función especial de los servicios de maternidad". En él se estableció que el período de internación en la maternidad es crítico en cuanto a la cantidad y magnitud de los eventos que allí acontecen, constituyendo un momento crítico que condiciona el futuro de la lactancia materna, como así también de la salud de la madre y su hijo, en su concepto más general.
En ese documento se delinearon también los "10 Pasos hacia una Lactancia Natural Feliz", base de la Iniciativa Hospital Amigo de los Niños, propuesta en 1991.
Así, la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño (tal como fuera denominada en Argentina), propone una transformación en el modelo de atención en las maternidades, lo que a su vez presupone:
Decisión política
Capacidad de autocrítica
Capacitación del personal
Socialización del proyecto institucional
Seguimiento
Situación provincial: Desde 1996, cada año y coincidente con la Semana Mundial de la Lactancia Materna se realiza en la Provincia el monitoreo de la meta de lactancia materna. La evaluación se realiza en los vacunatorios oficiales, durante cinco días y comprende a todos los niños que concurren a aplicarse la segunda dosis de Sabin y DPT. El resultado de la última evaluación fue:
DIEZ PASOS HACIA UNA LACTANCIA NATURAL FELIZ
Paso 1: Tener una política escrita de Lactancia Materna, que sea periódicamente comunicada a todo el personal.
Tener una política escrita excede los términos de una norma, ya que implica un compromiso tal como queda establecido en cuanto a la necesaria decisión política de transformación institucional.
Situación provincial: Como marco general podemos citar que la Resolución Ministerial 1946/96 declara de Interés Provincial la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño, y se refiere a facilitar el proceso de transformación de todas las maternidades, invitando a sumarse a la iniciativa a las maternidades provinciales, municipales, de la seguridad social y del sector privado.
Paso 2: Capacitar a todo el personal para implementar esta política.
Contemplando la frecuente rotación del personal (sobre todo el de enfermería) por los diferentes sectores, se hace imprescindible una capacitación en servicio de por lo menos 18 horas cada seis meses, a todo el personal de la maternidad en contacto con las madres y sus bebés.
Situación provincial:
Conocimientos del Equipo de Salud en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 -
Sobre 499 casos (médicos, enfermeras, obstétricas, nutricionistas, trab. sociales, estudiantes de enfermería y otros) 53,3%
Desacredita la L.M. si la madre está desnutrida 52,7%
Indica otro alimento antes del 6º mes de vida36,9%
Supone que si el bebé "llora de hambre" se debe indicar biberón15,4%
Opina que si el bebé es alérgico se le debe dar otra leche33,7%
Opina que se debe dar algún complemento a un recién nacido normal87,4%
No identificó a la denominada "leche aguada" como la de inicio de cada mamada32,7%
No identificó los factores que influyen sobre la producción de leche21,0%
No identificó la importancia del contacto precoz y la internación conjunta79,2%
Utiliza elementos nocivos para el cuidado de los pezones
Promedio: 41,5% de respuestas incorrectas
Paso 3: Informar a toda mujer embarazada sobre los beneficios y el manejo de la Lactancia Materna.
En un período de especial sensibilidad la futura madre y la familia en general deberían recibir la información más completa posible acerca de la lactancia materna, los riesgos de la alimentación artificial, el correcto cuidado de los pezones, las posibilidades de amamantar aún si debe regresar a trabajar fuera de su casa. También se hace imprescindible un correcto exámen de mamas pensando en lactancia materna, destacando la importancia que reviste para la paciente que su médico le asegure que todo está bien.
Situación provincial: Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
El 43% de las madres no recibió información sobre Lactancia Materna durante el embarazo.
Paso 4: Ayudar a las madres a iniciar la lactancia durante la primera hora posterior al parto.
La presencia del padre u otra persona que inspire en la madre confianza y tranquilidad tienen un importante rol previniendo complicaciones durante el trabajo de parto y el parto. Este momento ha sido demostrado como un período sensible de suma importancia, en donde se favorece la necesidad de reencuentro entre la madre y su hijo que no debería postergarse salvo en contadas excepciones. La colonización de la piel del bebé con las bacterias de la piel de su madre, la más eficaz regulación térmica, el menor riesgo de hipoglucemia, la sensación de satisfacción y seguridad para ambos (madre y niño) son sólo algunas de las motivaciones para este íntimo contacto piel a piel inmediato y prolongado. Ha sido comprobado también que la analgesia intraparto y el baño del recién nacido modifican su interacción posterior con la madre. La colocación de colirio y otras rutinas neonatales deberían posponerse para luego de este momento, y ser lo menos prolongadas y agresivas posibles. El control de signos vitales puede hacerse con el bebé sobre su madre. Nadie mejor que ella para observarlo y avisar ante alguna alteración evidente. Ambos, madre y bebé, deberían permanecer juntos desde la misma sala de partos hasta llegar al sector de internación puerperal.
Situación provincial: Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
El 50% de las madres no colocó a su hijo al pecho dentro de la primera hora de vida.
Paso 5: Mostrar a las madres cómo amamantar y cómo mantener la Lactancia Materna, aún si deben ser separados de sus bebés.
En las primeras seis horas posteriores al nacimiento, un miembro del equipo de salud (médico, enfermera, mucama, grupo de apoyo u otro debidamente capacitado) debería acercarse a cada madre para observar si la técnica de lactancia (posición, succión) es adecuada. Si esto fuera así, debería estimular y felicitar a la; por el contrario, si esta práctica no fuese la adecuada debería explicar lo necesario y sobre todo realizar una buena contención afectiva. De igual modo, todas las madres, independientemente que su hijo estuviera en Internación Neonatal o no, debería recibir adiestramiento para aprender la técnica de extracción manual de leche. El cuidado de los pezones, cuya indicación clave es una correcta posición para amamantar, debería ser especialmente observado.
Situación provincial: Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
El 55,1% de las madres no recibió información acerca de cómo cuidar sus pezones para evitar que se lastimen.
Paso 6: No dar a los recién nacidos ningún otro alimento o bebida que no sea Leche Materna.
Existen Razones Médicas Aceptables para indicar leche artificial, las cuales deberían ser aplicadas por la maternidad. De igual modo, el cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, de OMS/UNICEF 1981, establece la prohibición de aceptar y dar a las madres muestras de productos comprendidos en él.
Situación provincial:
Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
El 36,7% de los bebés recibió algún tipo de alimento además del pecho antes del alta.
Prevalencia de Lactancia materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995
El 46,59% de las madres recibió en los establecimientos de salud muestras de fórmulas, biberones o material de información/promoción durante los controles de embarazo o en su internación.
(Debe tenerse en cuenta que el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires adhiere al Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna).
Paso 7: Practicar la internación conjunta, facilitando que los bebés y sus madres estén juntos las 24 horas del día.
Esta práctica es ampliamente mayoritaria, más aún en los establecimientos públicos. Debería sin embargo evitarse toda separación innecesaria, aún para la realización de rutinas de laboratorio o exámenes clínicos. Cuando un recién nacido debe permanecer en Internación Neonatal, sus padres (pero muy especialmente su madre) deberían tener acceso irrestricto. De igual forma, debería estimularse la extracción de leche por lo menos seis veces al día, como para mantener una buena producción además de la cantidad que el bebé requiera.
Situación provincial: Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
El 22,5% de los bebés no estuvo todo el tiempo de la internación con sus madres.
Paso 8: Fomentar el amamantamiento a requerimiento del bebé y de la madre.
Un recién nacido requiere ser alimentado entre 12 y 18 veces por día. No debería colocarse límite de tiempo en cada toma, ni entre las mismas.
Situación provincial: Es habitual que las madres reciban recomendaciones distintas en un mismo día, de parte de diferentes miembros del equipo de salud.
Estudios antropológicos citados por Marshall Klaus (The frequency of suckling, Obstetrics and Gynecology Clinics of North America, Vol 14, Nº3, 1987) indican que el ser humano es el mamífero que más frecuentemente requiere ser alimentado, esto es en forma casi contínua. Hasta inicios del siglo XX prácticamente no existían indicaciones de alimentación con horario estricto. Su aparición coincide con los estudios de E. Holt, médico estadounidense que en 1899 midió la capacidad gástrica de 91 niños fallecidos por diversas causas, y calculó el intervalo entre tomas de alimento. Otro dato de interés que cita M. Klaus es la producción de leche en 24 horas, según frecuencia de lactancia, la que varía de 450 ml/día para 4 a 6 tomas diarias, hasta 700 ml/día para 10 o más tomas diarias.
Paso 9: No recomendar a los recién nacidos normales chupetes u otros objetos artificiales para succión.
La denominada "confusión de succión" o "confusión de pezón" se produce habitualmente durante los primeros dos meses de vida, cuando el bebé recibe algún objeto artificial de succión. Es por ello que se debería desaconsejar y desestimular el empleo de estos objetos. Recordar que un bebé que se alimenta al pecho no requiere chupete pues toda su necesidad de succión queda cubierta con el propio pecho; por otra parte, difícilmente acepte inicialmente un chupete.
Situación provincial: Prevalencia de Lactancia materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995
El 53,41% de los bebés recibió un chupete antes del alta.
El 37,93% de los bebés fue alimentado con biberón antes del alta.
Paso 10: Fomentar la creación de grupos de apoyo a la lactancia materna y derivar a ellos a las embarazadas y madres en el momento del alta.
La intervención de la propia comunidad, a través de los grupos de apoyo, ha significado un cambio estratégico fundamental en la promoción de la lactancia natural. Las instituciones de salud deberían permitir el trabajo dentro de ellas de estos grupos, además de referir a ellos a las madres cuando se les otorga el alta.
Pero mas allá de los grupos de apoyo, la institución debería crear condiciones de apoyo institucional tal como referentes en cada guardia o turno con mayor conocimiento y/o predisposición para tratar de resover problemas de lactancia sin derivar a la madre a una consulta con turno diferido; establecer una línea telefónica de consulta, entre otras.
Situación provincial: Oportunidades Perdidas en Lactancia Materna - Programa Materno Infantil - Buenos Aires - 1995 - Sobre 396 encuestas tomadas en maternidades al alta puerperal.
Al 81,5% de las madres no se les dijo adónde concurrir luego del alta ante problemas de lactancia.
Grupos de apoyo en la Provincia de Buenos Aires:
Amamanta, San Fernando
Amamar, Bahía Blanca
Liga de la Leche (Mar del Plata, Azul, Miramar, Necochea)
Mamás del Sur, Avellaneda
Moyón, Punta Alta
Ñuñu, Florida
Amigas de Ñuñu, Cnel. Dorrego
PROCESO DE ACREDITACIÓN DE UN HOSPITAL COMO AMIGO DE LA MADRE Y EL NIÑO
El hospital recaba información sobre la Iniciativa.
Realiza la Autoevaluación con Jefes de Servicios y personal con buen conocimiento del funcionamiento institucional.
El hospital puede solicitar al Programa Materno Infantil la concurrencia del Equipo de Salud Perinatal para completar la evaluación y elaborar un informe donde se sugerirán los cambios a realizar, si los hubiere.
Si el 80% o más de las respuestas son afirmativas, y por lo menos el 75% de los recién nacidos se van de alta con Lactancia Materna Exclusiva, se podrá solicitar la Evaluación Externa (previo cumplimiento de los puntos siguientes). Si no se alcanzan los porcentajes mínimos se deberán replantear las prácticas institucionales respecto de la lactancia materna.
Elaborar la Política Institucional de Lactancia, la cual puede redactarse basándose en las preguntas de la Autoevaluación.
Una vez cubiertos todos los requisitos y seguros de un cumplimiento satisfactorio de por lo menos el 80% de los pasos de la Iniciativa se solicitará la Evaluación Externa al Programa Materno Infantil, calle 51 Nº 1120 de La Plata (CP 1900), adjuntando la Autoevaluación y los contenidos y programas de capacitación del personal, así como los contenidos de información que habitualmente se da a la embarazada.
Formulario de Autoevaluaciónde servicios de salud para la Iniciativa Conjunta OMS-UNICEF "Hospital Amigo de la Madre y el Niño"
Paso 1: Tener una política escrita de Lactancia Materna, que sea periódicamente comunicada a todo el personal.
1.1. ¿Tiene la institución una política escrita de protección, promoción, y apoyo a la lactancia materna, que incluya los Diez pasos para una lactancia materna exitosa?
Sí No
1.2. ¿Esta política escrita protege la lactancia materna, autorizando únicamente el expendio bajo receta de los productos sucedáneos de la leche materna y las fórmulas especiales?
Sí No
1.3. ¿Esta política prohibe toda promoción e instrucción en grupo acerca del empleo y preparación de los productos sucedáneos de la leche materna, biberones y tetinas?
Sí No
1.4. ¿Esta política escrita es exhibida y está disponible al personal en todos los turnos y en todas las áreas de atención de niños, madres y bebés?
Sí No
1.5. ¿Existe un mecanismo para evaluar la eficacia de esta política escrita?
Sí No
Paso 2: Capacitar a todo el personal para implementar esta política.
2.1. ¿Todo el personal de la institución que trabaja en las unidades de atención de la madre y el niño, recibe capacitación en Lactancia Materna dentro de los primeros seis meses de haber comenzado a trabajar?
Sí No
2.2. ¿Se repite la capacitación en Lactancia Materna cada seis meses para el personal en contacto con madres y bebés?
Sí No
2.3. ¿El contenido de la capacitación incluye los Diez pasos para una lactancia existosa?
Sí No
2.4. ¿La capacitación en teoría y técnicas de la Lactancia Materna, cumple un mínimo de 18 horas incluyendo 3 horas de experiencia clínica supervisada?
Sí No
Paso 3: Informar a toda mujer embarazada sobre los beneficios y el manejo de la Lactancia Materna.
3.1. ¿Se interroga a la paciente acerca de su desición de amamantar, y las causas de la misma, registrándose en su historia clínica?
Sí No
3.2. ¿Se informa a las embarazadas sobre los beneficios de la Lactancia Materna y los cuidados necesarios en los consultorios externos de control prenatal propios de la institución y/o servicios periféricos que trabajen en relación a la misma?
Sí No
3.3. ¿Se interroga a la paciente acerca de sus antecedentes respecto a la Lactancia Materna, (antecedentes personales, familiares, lactancias previas, complicaciones y su resolución), registrándose en su historia clínica?
Sí No
3.4. ¿Se efectúa la revisación de pezones, indicando el tratamiento de corrección si fuera necesario, registrándolo en la historia clínica de la paciente?
Sí No
3.5. ¿Se informa y capacita a las pacientes sobre el cuidado de pezones durante el embarazo y pre-parto?
Sí No
3.6. ¿Se presta especial atención y apoyo a las madres que nunca han amamantado?
Sí No
Paso 4: Ayudar a las madres a iniciar la lactancia durante la primera hora posterior al parto.
4.1. ¿Se tiene en cuenta la intención de la madre de amamantar, al decidir sobre el uso de un sedante, analgésico o anestésico durante el trabajo de parto y el parto?
Sí No
4.2. ¿El personal ofrece ayuda a la madre para el amamantamiento durante la primera hora?
Sí No
4.3. A las madres con parto normal, ¿se les entrega su bebé inmediatamente después del parto, promoviendo el contacto piel a piel?
Sí No
4.4. A las madres con parto por cesárea, ¿se les entrega su bebé, promoviendo el contacto precoz, en cuanto la madre sea capaz de comunicarse con su hijo?
Sí No
4.5. ¿Se reúnen nuevamente madre y bebé, inmediatamente después de las prácticas médicas y/o de enfermería imprescindible?
Sí No
Paso 5: Mostrar a las madres cómo amamantar y cómo mantener la Lactancia Materna, aún si deben ser separados de sus bebés.
5.1. ¿El personal asignado a la unidad ofrece a la madre asistencia e información dentro de las 6 horas siguientes al parto?
Sí No
5.2. ¿Se ayuda a las madres a colocar los bebés correctamente al pecho?
Sí No
5.3. ¿Se asesora a las madres sobre cómo extraerse leche en forma manual y se verifica la maniobra?
Sí No
5.4. ¿Las madres con operación cesárea o con situaciones especiales también son informadas y asistidas como se detalla en los tres ítems anteriores?
Sí No
5.5. ¿Las madres de niños en cuidados intensivos son asesoradas para establecer y mantener la lactancia, a través de atención personalizada y extracción frecuente de leche?
Sí No
5.6. ¿Existen residencias o facilidades de alojamiento y permanencia para madres cuyos hijos están internados en unidades de cuidados intensivos o situación equivalente?
Sí No
Paso 6: No dar a los recién nacidos ningún otro alimento o bebida que no sea Leche Materna.
6.1. ¿Se requiere indicación médica escrita para la administración de algún otro alimento o bebida (suero glucosado, fórmula láctea) diferente de leche materna?
Sí No
6.2. ¿Tiene el personal un conocimiento claro acerca de cuales son las razones médicamente aceptables para prescribir otro alimento o bebida que no sea leche materna?
Sí No
6.3. ¿A los niños en cuidados especiales se les suministra leche de su propia madre, siempre que sea posible?
Sí No
6.4. ¿La institución compra los productos sucedáneos de la leche materna, incluyendo las fórmulas especiales, del mismo modo que lo hace con los medicamentos?
Sí No
6.5. ¿Se prohibe la entrega de muestras y productos sucedáneos de la leche materna, biberones y tetinas, durante la estadía y al egreso de la institución?
Sí No
Paso 7: Practicar la internación conjunta, facilitando que los bebés y sus madres estén juntos las 24 horas del día.
7.1. ¿Todos los recién nacidos normales están en internación conjunta con sus madres?
Sí No
7.2. ¿Se realizan los controles neonatales en presencia de la madre o en caso de ind¡cación médica, se separa al bebé de su madre por no más de media hora?
Sí No
7.3. En caso de patología materna, ¿se indican medicamentos compatibles con la Lactancia Materna y se mantiene al niño con su madre, salvo contraindicaciones expresas?
Sí No
Paso 8: Fomentar el amamantamiento a requerimiento del bebé y de la madre.
8.1. ¿El personal colabora con las madres para que ellas amamanten a sus bebés según requerimiento?
Sí No
Paso 9: No recomendar a los recién nacidos normales chupetes u otros objetos artificiales para succión.
9.1. ¿Los recién nacidos normales son alimentados exclusivamente a pecho?
Sí No
9.2. ¿Se evita el uso de chupete en los recién nacidos y se informa a las madres sobre la inconveniencia del empleo de biberón o chupete?
Sí No
9.3. ¿Los bebés que requieren cuidados especiales son puestos al pecho siempre que sea posible?
Sí No
Paso 10: Fomentar la creación de grupos de apoyo a la lactancia materna y derivar a ellos a las embarazadas y madres en el momento del alta.
10.1. ¿El hospital brindará información a miembros claves de la familia para que asi ésta pueda apoyar a las madres lactantes en el hogar?
Sí No
10.2. Las madres lactantes, ¿son referidas a grupos cuando estos existen?
Sí No
10.3. ¿Dispone el hospital de un sistema de seguimiento para apoyar a las madres luego de su salida, como controles tempranos posnatales o controles de la lactancia en una clínica, visitas domiciliarias, llamadas telefónicas u otro?
Sí No
10.4. ¿Alienta y facilita el establecimiento la formación de grupos de apoyo de madre a madre o trabajador de salud a madre?
Sí No
10.5. ¿Permite el establecimiento que consejeras capacitadas pertenecientes a grupos de madres den consejos sobre la lactancia materna en sus servicios de maternidad?
Sí No
HOJA DE INFORMACION DEL HOSPITAL
Fecha ............... de 19...
Nombre del Hospital .......................................................................................
Dirección .......................................................................................................
Ciudad .......................................................................Pcia..............................
Nombre del Director del Hospital ................................Teléfono .......................
Nombre de los/las Jefes de Enfermería:
del Establecimiento ..................................................Teléfono .......................
de la Sala de Maternidad ..........................................Teléfono ......................
de los Consultorios Externos .....................................Teléfono .......................
Tipo de Hospital
Municipal Provincial Obra Social Privado
Comunidad Universitario Otro: ...........................
DATOS CENSALES DEL HOSPITAL
Capacidad de camas:
Sector
Nº de camas
Trabajo de parto
Internación conjunta
Recién Nacidos Normales (si existe)
Otras áreas para madres y niños
Cuáles?: ...................................................
Total
Nº total de partos en el último año:
Proporción de cesáreas: %
Proporción de R.N. con bajo peso (<2500): %
Proporción de R.N. c/ cuidados especiales: %
(incluye Terapia Intensiva, Intermedia y/o Recuperación Nutricional)
Información sobre alimentación de los RN (de los registros o informes del personal):
Información
Total
%
R.N. dados de alta en el último mes calendario
R.N. dados de alta con lactancia materna exclusiva en el último mes calendario
R.N. con lactancia materna exclusiva desde el nacimiento hasta el alta en el último mes calendario
R.N. que habían recibido por lo menos un biberón desde el nacimiento, dados de alta en el último mes calendario
DATOS DEL ÚLTIMO AÑO COMPLETO
¿Cómo se obtuvo la información sobre la alimentación infantil?
Por registros estadísticos Por encuestas Otro: .................................................
A la página principal del Programa Materno Infantil
Guia de Autoevaluacion - Iniciativa Hospital Amigo
Guía de Autoevaluación de Servicios de Salud para la iniciativa conjunta. OMS - UNICEF "Hospital Amigo de la Madre y el Niño" ...www.fmed.uba.ar/mspba/guiaiha.htm - 46k - En caché - Páginas similares
PPT]
Promoción y Sostenimiento de la Lactancia Materna
Formato de archivo: Microsoft Powerpoint - Versión en HTMLEl 9,9 % de los nacimientos se producen en Hospitales Amigos de la Madre y el Niño ... él o los referente(s) de LM del Programa Materno Infantil Provincial. ...www.paho.org/cdmedia/fchcd01/presentaciones/Lic.%20Delfina%20Albaizeta/2005%20%20%20%20Presentac... - Páginas similares
http://www.paho.org/cdmedia/fchcd01/presentaciones/Lic.%20Delfina%20Albaizeta/2005%20%20%20%20Presentacion%20chessa.ppt
Hospitales Amigos
http://www.sap.org.ar/index.php?option=com_staticxt&Itemid=398&xt_item=1&staticfile=organizacion/subcomisiones/lactancia/hamn.htm
Evaluador
Evaluación de los servicios de maternidad y promoción de la estrategia del "Hospital amigo de la madre y el niño".
Direccion de Maternidad e Infancia
http://www.msal.gov.ar/htm/site/prog_fin_PROMIN_2_bis.asp
lunes, 1 de diciembre de 2008
IBFAN proyecto Proyecto de Ley de Información y Promoción de Medicamentos
Proyecto de Ley de Información y Promoción de Medicamentos
Senadoras Nacionales Selva Judit Forstmann y Haide Giri
Artículo 1º.- La presente ley tiene por objeto la protección del derecho a la
salud mediante la regulación de la promoción e información relacionada con el
medicamento en tanto bien social esencial.
Artículo 2º.- Sustitúyese el inciso d) del Artículo 19 º de la Ley 16.463 por el
siguiente:
d) Toda forma de de anuncio o promoción de medicamentos, cualquiera
fuera su condición de expendio, así sea dirigida al público en general
como a los profesionales de la salud, de acuerdo a lo que se establece en
el Anexo I de la presente.
Artículo 3º.- Sustitúyese el inciso e) del Artículo 19 º de la Ley 16.463 por el
siguiente:
e) Toda forma de anuncio o promoción de productos médicos dirigida al
público en general y profesionales de la salud, de acuerdo a lo que se
establece en el Anexo I de la presente, excepto en los siguientes casos:
- Productos médicos que por su naturaleza intrínseca y uso propuesto,
puedan ser utilizados o indicados para su uso de manera directa por el
paciente y/o usuario no profesional,
- Productos médicos de uso in vitro para autoevaluación, autorizados
como tales por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica.
Artículo 4º.- Sustitúyese el inciso f) del Artículo 19 º de la Ley 16.463 por el
siguiente:
f) Violar, en la información sobre medicamentos, productos médicos y
enfermedades, las obligaciones y requisitos establecidos en el Anexo I del
presente y por la reglamentación vigente.
Artículo 5º.- Incorpórase el ANEXO que forma parte integrante de la presente,
como ANEXO de la Ley 16.463.
Artículo 6º.- Las prescripciones de la presente ley entrarán en vigencia a los
NOVENTA (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7º.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente
ley.
Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Selva Judit Forstmann – Haide Giri
ANEXO. Regulación de la Promoción e Información
de Medicamentos y Productos Médicos
1. Definiciones
A los efectos de la presente, se establecen las siguientes definiciones:
1.1. Promoción: todas las actividades de persuasión –incluidas, entre otras, los
anuncios en cualquier medio de comunicación- destinadas a inducir la
prescripción, el suministro, la adquisición o la utilización de medicamentos y
productos médicos.
1.2. Medicamento: especialidades medicinales o farmacéuticas, medicamentos
fitoterápicos, medicamentos homeopáticos, fórmulas magistrales y preparados
de farmacia.
1.3. Producto Médico: un producto para la salud tal como equipamiento,
aparato, material, artículo o sistema de uso o aplicación médica, odontológica o
laboratorial, destinada a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o
anticoncepción y que no utiliza medio farmacológico, inmunológico o
metabólico para realizar su función principal en seres humanos, pudiendo
entretanto ser auxiliado en su función, por tales medios.
1.4. Empresas farmacéuticas: cualquier persona, física o jurídica, relacionada
con la fabricación, elaboración o distribución, de medicamentos o productos
médicos, o quien actúe en su nombre o representación.
1.5. Profesionales de la salud: personas capacitadas para prescribir o
dispensar medicamentos y productos médicos, ya sean egresados o
estudiantes.
2. De la promoción de medicamentos y productos médicos
A los fines previstos, se prohíben, entre otras, las siguientes prácticas por parte
de las empresas farmacéuticas:
a) Publicitar medicamentos y productos médicos –salvo las excepciones
previstas en la ley- en medios masivos de comunicación y medios
electrónicos;
b) Entregar en forma directa medicamentos al paciente o allegados a este;
c) Auspiciar, patrocinar, financiar o de alguna forma impulsar, asociaciones de
pacientes o allegados a éstos;
d) Promover, patrocinar, auspiciar u organizar concursos, certámenes o
sorteos de cualquier naturaleza o prometer, ofrecer u otorgar, regalos o
beneficios de cualquier índole –tales como, entre otros, agasajos, premios,
concursos, primas, ventajas pecuniarias o en especie o de cualquier otro
tipo- en los que estén involucrados medicamentos o producto médicos, ya
tengan como destinatarios profesionales de la salud o público en general.
Se exceptúan de estas prohibiciones las bonificaciones, efectuadas por las
empresas farmacéuticas, como parte de su política comercial, a los integrantes
de la cadena de comercialización, distribuidores, droguerías y farmacias
habilitadas.
3. De la información sobre medicamentos y productos médicos
3.1. Las empresas farmacéuticas pueden brindar información de carácter
científico sobre medicamentos y productos médicos:
a) A los profesionales de la salud a través de soportes escritos, audiovisuales
o de otra naturaleza dirigidos exclusivamente a estos,
b) Al público en general, a través de información publicada en su sitio de
Internet, de respuestas de carácter confidencial a consultas remitidas por
éstos y a través de comunicados de prensa.
3.2. Toda la información que brinden las empresas farmacéuticas sobre
medicamentos y productos médicos debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) No tener ningún objetivo promocional.
b) Ser fidedigna, exacta, objetiva y centrada en hechos susceptibles de
comprobación.
c) Ser completa y actualizada.
d) Ser balanceada: comunicar -además de los beneficios- efectos
adversos, contraindicaciones, interacciones y otros riesgos
e) No ser sensacionalista ni utilizar lenguaje o imágenes que provoquen
miedo o angustia.
f) Ser legible, accesible y comprensible para el público objetivo.
g) No inducir, mediante una representación o una descripción detallada, a
un autodiagnóstico falso.
h) No utilizar de manera abusiva, alarmante o engañosa representaciones
visuales de las alteraciones del cuerpo humano producidas por
enfermedades, o de la acción de un medicamento o producto médico en
el cuerpo humano.
i) Las citas, cuadros y otras ilustraciones que se extraigan de revistas
médicas o de obras científicas y que se utilicen en la documentación
informativa deberán respetar el sentido y los objetivos de las mismas,
citando las fuentes de ellas. La empresa farmacéutica deberá facilitar la
accesibilidad al material bibliográfico citado, a los profesionales que lo
requieran.
j) Aún cuando se utilice un lenguaje no técnico, la información ha de
ajustarse a la hoja de datos científicos aprobada o ficha técnica.
k) No atribuir a la consulta médica o la intervención quirúrgica un carácter
superfluo.
l) No dirigirse principal o exclusivamente a los niños.
3.3 Adicionalmente a lo dispuesto en el punto 3.2., los materiales informativos
sobre medicamentos deben también:
a) Reforzar el uso racional del medicamento;
b) Indicar el contexto y las circunstancias en que dicho medicamento debe
ser utilizado;
c) Relacionar los resultados del producto en relación con otros tratamientos
y medicamentos utilizados en las mismas situaciones;
d) No sugerir que la utilización del medicamento puede mejorar la buena
salud normal del usuario o que su no utilización pueda afectarla;
e) No hacer referencia a una recomendación formulada por científicos,
profesionales de la salud u otras personas cuya notoriedad pueda incitar
al consumo de medicamentos;
f) No equiparar el medicamento a un producto alimenticio, cosmético o a
otro producto de consumo;
g) No sugerir que la seguridad o la eficacia del medicamento se deben a
que se trata de una sustancia natural;
h) No hacer referencia de manera abusiva, alarmante o engañosa a
testimonios de curación ni incluir expresiones que proporcionen
seguridad de curación;
i) Fomentar una cultura de uso racional del medicamento.
3.4. Las empresas farmacéuticas deben llevar el archivo durante cinco años de
cada uno de los materiales informativos elaborados y de su soporte
bibliográfico, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación, que podrá ser
requerido por la autoridad de aplicación en cualquier momento.
3.5. Los informes, estudios, investigaciones o artículos científicos financiados
por una empresa farmacéutica deben especificar esta circunstancia en la
publicación.
3.6. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica, a fines de cumplimentar adecuadamente el derecho a la información
en materia de medicamentos, debe:
a) Desarrollar programas de educación dirigidos al público en general
sobre medicamentos, su empleo racional y la prevención de su abuso;
b) Desarrollar programas de actualización para profesionales,
c) Proporcionar una correcta información y formación sobre medicamentos
y productos médicos a los profesionales de la salud;
d) Establecer sistemas de información sobre gestión de la farmacoterapia
que incluya aspectos clínicos, de efectividad, seguridad y eficiencia de la
utilización de los medicamentos;
e) Desarrollar protocolos y guías farmacoterapéuticas que garanticen la
correcta asistencia farmacoterapéutica a los pacientes, en especial lo
referente a la selección de medicamentos y la continuidad de los
tratamientos y sistemas de apoyo a la toma de decisiones clínicas en
farmacoterapia.
f) Disponer y mantener un sitio en Internet dirigido, en forma separada, a
profesionales y público en general para consulta permanente sobre
medicamentos y productos médicos, con información actualizada de
calidad, confiable e imparcial;
g) Organizar actividades científicas y educativas por temas o
especialidades sobre medicamentos y productos médicos.
4. De otras actividades informativas desarrolladas por empresas
farmacéuticas
4.1. Las empresas farmacéuticas pueden desarrollar actividades informativas
de concientización de enfermedades en medios de comunicación masiva,
incluyendo Internet y otros medios digitales, siempre que:
a) Su objetivo central sea la concientización sobre una o varias
enfermedades, proveyendo educación sobre esa enfermedad y su
manejo;
b) El énfasis del material sea sobre el reconocimiento de la enfermedad, la
identificación de síntomas y factores de riesgo y no sobre los posibles
tratamientos;
c) Incentive formas de prevenir esa situación, tales como la adopción de
hábitos saludables, en caso de corresponder;
d) No haga referencia a medicamentos o productos médicos específicos;
e) No altere la relación médico-paciente;
f) Cumpla con los requisitos que debe cumplimentar la información médica
establecidos en el artículo 9º.
4.2. Las campañas que estimulen la demanda de uno o varios determinados
medicamentos son consideradas promocionales y prohibidas en los términos
de la presente Ley.
4.3. El Ministerio de Salud de la Nación tiene a su cargo, de acuerdo a lo que a
tales efectos se reglamente, la autorización previa a su emisión o publicación,
de:
a) Los objetivos explícitos e implícitos de estos materiales;
b) La oportunidad y conveniencia de su emisión o publicación;
c) Cada uno de los materiales que conformen la campaña.
5. De las actividades científicas y educativas
5.1. Las empresas farmacéuticas que patrocinen, auspicien o de alguna forma
financien, actividades científicas y educativas, tales como Congresos,
Simposios, Jornadas, Seminarios o similares sólo pueden hacerlo en tanto no
constituyan su única fuente de financiamiento y que estas actividades no
conlleven, directa o indirectamente, la promoción de medicamento ni producto
médico alguno. Estas actividades deben relacionarse única y estrictamente con
actividades científicas o educativas no pudiendo incluir almuerzos, agasajos u
otras actividades sociales ni de esparcimiento.
5.2. Las becas que ofrezcan las empresas farmacéuticas sólo pueden estar
destinadas al perfeccionamiento profesional posibilitando la participación de
profesionales de la salud en actividades estrictamente científicas, de acuerdo a
lo que el Ministerio de Salud de la Nación establezca a tales efectos,
incluyendo el proceso equitativo y transparente de selección de candidatos y de
otorgamiento de las becas, prohibiéndose expresamente el condicionamiento a
los candidatos a prescribir determinado medicamento o producto.
5.3. En los programas, publicaciones y presentaciones de trabajos y ponencias
de toda actividad científica deben constar sus fuentes de financiación y los
fondos obtenidos de cada fuente. La misma obligación alcanza al medio de
comunicación por cuya vía se hagan públicos y que obtenga fondos por o para
su publicación.
6. De los estudios ulteriores a la comercialización
6.1. Es obligación de las empresas farmacéuticas comunicar a la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica la
realización de ensayos clínicos de medicamentos aprobados y estudios
ulteriores a la comercialización de productos médicos, quien debe reglamentar
el proceso de validación de los protocolos de investigación. Los resultados de
esos estudios deben notificarse a la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica en un plazo no mayor a los cinco días hábiles
posteriores a la finalización de los mismos,
6.2. Los estudios científicos y la vigilancia ulteriores a la comercialización no
deben utilizarse indebidamente como una forma de promoción encubierta.
7. De los agentes de información médica
7.1. El propósito fundamental de la visita a profesionales facultados para
prescribir o dispensar medicamentos efectuada por los agentes de información
médica o agentes de propaganda médica o personas autorizadas por los
laboratorios, también llamada visita médica, es la transmisión y facilitación de
conocimientos técnico-científicos ciertos, completos e imparciales respecto a
los beneficios terapéuticos, efectos adversos, contraindicaciones, interacciones
y otros riesgos destinados a la valoración objetiva de la aplicación terapéutica
cada producto que se trate, así como su precio al consumidor, costo del
tratamiento y situación respecto de la cobertura del mismo por obras sociales y
entidades de medicina prepaga. .
7.2. Los agentes de información médica deben poner en conocimiento de la
empresa empleadora y de la autoridad de aplicación establecida por la
presente ley, cualquier irregularidad en el material de información que posea,
y/o en los resultados terapéuticos informados.
7.3. Las empresas farmacéuticas tienen a su cargo la formación adecuada y
continua de estos agentes, a fines de posibilitarles transmitir y facilitar la
información sobre medicamentos de una forma correcta y responsable.
7.4. Los empleadores son responsables de las declaraciones y actividades de
sus agentes de información médica.
7.5. Corresponde a cada jurisdicción estructurar y fijar las pautas y requisitos
que deben cumplir los agentes de información médica para el desempeño de
su función, creando, en su ámbito, el correspondiente Registro de Agentes de
Información Médica.
8. De la información sobre la prescripción de medicamentos o productos
médicos
Se encuentra prohibida la cesión a título oneroso o gratuito y la utilización de
información sobre las prescripciones médicas en cualquier soporte, tales como
bases de datos informáticas o fotocopias de recetas médicas, entre otras
posibles, donde figuren datos que hagan posible la identificación del prescriptor
o el paciente.
9. De la distribución de muestras médicas
9.1. Las presentaciones de medicamentos sin valor comercial, muestras para
profesionales, muestras médicas, muestras gratis, y/o cualquier otra
denominación abarcativa de tales productos, deben ser entregadas
exclusivamente a los profesionales autorizados a prescribir medicamentos que
hayan presentado previamente un requerimiento escrito a la empresa, donde
conste nombre genérico y comercial del medicamento solicitado, lugar y fecha.
No podrá suministrarse muestra alguna de medicamentos que contengan
sustancias psicotrópicas o estupefacientes ni de aquellos medicamentos que
puedan crear dependencia o generar problemas de salud pública en razón de
su uso inadecuado de conformidad a lo que determine oportunamente la
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA
9.2. La ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MÉDICA tiene a su cargo determinar los requisitos que deben
cumplimentar las muestras referidas en el punto precedente, que como mínimo
deben identificarse primero por nombre genérico y luego por nombre comercial
y contener información abreviada contenida en rótulos y prospectos aprobados
referida a: indicaciones, posología, efectos adversos, contraindicaciones sin
adicionar ninguna expresión promocional.
9.3. La empresa farmacéutica debe archivar, por un período de cinco años, el
requerimiento del profesional y documentar apropiadamente la entrega de
estas muestras. Asimismo, las empresas farmacéuticas mantendrán
actualizado un sistema adecuado de control de muestras para profesionales,
verificable a través de los libros de producción.
9.4. El profesional médico que reciba la muestra debe, a su vez, documentar su
entrega en la historia clínica del paciente que corresponda, quien corroborará
con su firma la recepción. El profesional sólo puede distribuir muestras médicas
cuando con su entrega pueda cubrir la totalidad de las dosis necesarias para
cumplimentar el tratamiento.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Asistimos en nuestro país a un crecimiento descontrolado de distintas
formas de promoción de medicamentos y productos médicos, tanto destinada
directamente al consumidor como a los profesionales que se ocupan de la
prescripción y dispendio de los mismos. Esta promoción frecuentemente
propone usos que no son prudentes, utiliza mecanismos de persuasión que
exageran los beneficios de su consumo y ofrece información parcializada e
incompleta, a menudo alejada de todo interés científico o educativo.
La literatura especializada define la publicidad como “la técnica de la
comunicación que utiliza en forma paga medios de difusión para la obtención
de fines comerciales predeterminados, a través de la formación, cambio, o
refuerzo de la actitud de las personas sometidas a su acción” (Billorou, Oscar
P, Introducción a la publicidad, El Ateneo, Buenos Aires, p. 3). Se ha afirmado
asimismo que “[l]a publicidad esta diseñada para predisponer a una persona
para que compre un producto, que cambie de parecer…” (Kleppner, Otto,
Publicidad, Prentice Hall, México, 1994., p. 27). En otras palabras, la finalidad
de toda publicidad comercial es incrementar las ventas del producto publicitado
a través del estimulo de los consumidores potenciales.
Como explica Barthes, el mensaje implícito de todo anuncio publicitario es
siempre el mismo: la excelencia del producto publicitado: “[E]ste significado
único es, de alguna manera, el fondo del mensaje, agota por completo la
intención de comunicación: el fin publicitario está logrado desde el instante en
que se percibe este segundo significado.” (Barthes, Roland, “El mensaje
publicitario”, en La aventura semiológica, Planeta-Agostini, Barcelona, 1994, p.
240).
Dado que es necesario entender el medicamento como un bien público,
no se puede asimilar la publicidad de estos a cualquier otro bien de consumo.
Es necesario recalcar que la promoción comercial de los medicamentos y
productos médicos tiene documentadas consecuencias negativas en la salud
de la población, ya que influye fuertemente en la calidad de la prescripción,
dispensación y uso de los medicamentos.
Básicamente la promoción tiene un efecto medicalizador, que provoca una
alteración en la relación médico-paciente, generando una mayor prescripción y
una incitación al consumo de los productos promocionados. Esta situación
genera un crecimiento injustificado del gasto en salud, tanto para los pacientes
como para los sistemas de atención y un aumento de los riesgos para la salud.
Entre los consumidores el efecto más usual es la demanda inapropiada de
medicación, debido a la generación de expectativas poco realistas sobre sus
beneficios, y la automedicación. Esta última se relaciona a una serie de
complicaciones tales como: enmascaramiento de la enfermedad, aparición de
efectos adversos, prolongación o agravamiento de la enfermedad, propensión o
resistencia a los medicamentos empleados, fomento de la
farmacodependencia, trastornos de la conducta y del rendimiento
académico. Este efecto negativo de la promoción llega incluso a alentar el
consumo de medicamentos para condiciones físicas, molestias o circunstancias
vitales que no los requieren.
Se trata, entonces, de establecer una limitación legítima de la libertad
publicitaria de las empresas farmacéuticas y una reglamentación de su deber
de información, establecido en el Artículo 4º de la Ley 24.240. Su finalidad es
reducir el impacto de estas actividades promocionales sobre los consumidores
potenciales y los profesionales prescriptores, promoviendo, a su vez, el acceso
a información completa e independiente sobre medicamentos como parte de
una estrategia de fortalecimiento del uso racional de medicamentos.
El artículo 4º de la Ley 24.240, que dispone “quienes produzcan, importen,
distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los
consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz,
detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los
mismos”, tiene por finalidad –con base en el artículo 42º de la Constitución
Nacional en cuanto consagra el derecho de los usuarios a una información
adecuada y veraz– suministrar al usuario conocimientos de los cuales carece,
al efecto de permitirle efectuar una elección racional y fundada respecto de un
determinado bien o servicio. El porqué de la necesidad de una información al
usuario radica precisamente en la desigualdad evidente entre éste y las
empresas en cuanto a la información sobre los productos ofrecidos.
También se trata de resguardar, en la relación de consumo, el derecho a
la protección de la salud de los consumidores y usuarios de bienes y servicios,
establecido en el artículo 42º de la Constitución Nacional.
Pero, más allá de esta protección al consumidor, el objetivo del proyecto
que aquí se presenta es proteger el derecho constitucional a la salud,
íntimamente vinculado al derecho a la vida. Este derecho, cuya protección
conforma un deber primordial del Estado, ha sido reconocido en distintos
instrumentos internacionales que poseen jerarquía constitucional, conforme lo
establecido en el artículo 75º inciso 22 de nuestra Constitución.
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
determina que “todo ser humano tiene derechos a la vida, a la libertad y a la
integridad” (artículo 1º) y, asimismo, que “toda persona tiene derecho a que su
salud sea preservada...” (artículo 11º).
La Declaración Universal de Derechos Humanos prescribe que “todo
individuo tiene derecho a la vida” (artículo 3º) y que “toda persona tiene
derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la
salud y el bienestar” (artículo 25º).
La Convención Americana sobre Derechos Humanos —Pacto de San
José de Costa Rica— que establece que “toda persona tiene derecho a que se
respete su vida” (artículo 4º).
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
expresa que “los Estados Partes en el presente pacto reconocen el derecho de
toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”
(artículo 12º). Al interpretar la norma transcripta, el Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, entendió que “la salud es un derecho
humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos
humanos. Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible
de salud que la permite vivir dignamente” (cfr. Observación General Nº 14).
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos señala que “el
derecho a la vida es inherente a la persona humana” (artículo 6º). El Comité de
Derechos Humanos establecido en dicho pacto ha sostenido, refiriéndose a
este derecho, que “se trata del derecho supremo del cual no se autoriza
suspensión alguna, ni siquiera en situaciones excepcionales que pongan en
peligro la vida de la nación...” agregando luego que “se trata de un derecho que
no debe interpretarse en sentido restrictivo” (cfr. Observación General Nº 6).
En la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas
de Discriminación Racial se indica que los Estados deben garantizar el derecho
a la salud pública y a la asistencia médica (artículo 5º, inciso e), apartado iv).
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, consagra el derecho a la protección de la salud
(artículo 11º, párrafo 1º, apartado f) y el acceso a servicios de atención médica
(artículo 12º). Asimismo, en la Convención sobre los Derechos del Niño se
reconoce el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios
para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud (artículo
24º).
En el presente proyecto se distinguen cabalmente las actividades de
promoción de las de información, cuyo objeto no es persuadir sino comunicar
de manera imparcial datos comprobados científicamente. Esta información, que
debe ser fiable y rigurosa desde el punto de vista científico y ético, es clave
dado que se trata de medicamentos y productos médicos, que, a diferencia de
otros bienes de consumo, tienen relación directa con la salud y la vida de las
personas.
Así, se hace necesario establecer recaudos sobre los modos y medios
que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la información. La
Organización Mundial de la Salud considera el derecho a la información como
principio ético básico y lo define como «el derecho de enfermos y prescriptores
a información sobre medicamentos que está basado en hechos y que sea
apoyable, facilitando orientaciones concretas para el uso apropiado de
medicamentos y la vigilancia de las terapéuticas”.
Es, entonces, el Estado quien debe tomar a su cargo la responsabilidad
de la información sobre enfermedades, medicamentos y productos médicos
destinada a los profesionales de la salud y al público en general, no sólo
fiscalizando el material elaborado por las empresas farmacéuticas, sino
asumiendo la elaboración y difusión de sus propias informaciones. De esta
forma será posible educar a los consumidores y a los profesionales a través de
una información objetiva, veraz e integral, brindando informaciones esenciales
sobre diversas opciones de tratamiento, buscando disminuir los riesgos de la
automedicación y contribuyendo a la formación de una actitud crítica en cuanto
a la sobreprescripción (prescripción abusiva) y consumo abusivo de
medicamentos.
Como parte de estas limitaciones es necesario regular distintos aspectos
relacionados con las actividades científicas y educativas a fines de que no
puedan utilizarse deliberadamente con fines de promoción.
Asimismo, el presente proyecto se propone establecer estándares
generales mínimos para el desenvolvimiento de la actividad de los Agentes de
Información Médica, conocidos como agentes de propaganda médica, ya que
el desarrollo de esta importante actividad es clave para lograr los objetivos
propuestos. A la vez, dispone que son las jurisdicciones locales quienes deben
tener a su cargo el control específico de la actividad, creando para ello los
correspondientes registros de Agentes de Información Médica.
Es así que el presente proyecto asume cabalmente la responsabilidad
estatal de resguardar el derecho a la salud a través de la regulación de la
promoción e información sobre medicamentos y productos médicos, como
dimensión estratégica de una política de fomento del uso racional de
medicamentos.
Conforme a lo aquí expresado solicito a los señores legisladores su apoyo
para la aprobación del presente proyecto.
PROYECTO NACIONAL
http://www.senado.gov.ar/web/senadores/prley.php?id_sena=395&iOrden=0&iSen=ASC